- Samuel Prieto Rodríguez
La nueva clasificación de contenidos de TV

Los nuevos lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales de las transmisiones radiodifundidas y del servicio de televisión y audio restringidos, fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el martes 21 de agosto.
- Clasificación AA, contenido dirigido al público infantil
- Clasificación A, contenido apto para todo público
- Clasificación B, contenido para adolescentes
- Clasificación B15, contenido para adolescentes mayores de 15 años
- Clasificación C, contenido no apto para personas menores de 18 años
- Clasificación D, contenido extremo y adulto
A la vista no hay mucha diferencia con los lineamientos anteriores.
- Clasificación AA, en cualquier horario
- Clasificación A, en cualquier horario
- Clasificación B, de las 16:00 a las 5:59 horas
- Clasificación B15, de las 19:00 a las 5:59 horas
- Clasificación C, de las 21:00 a las 5:59 horas
- Clasificación D, de las 00:00 a las 5:00 horas
En la vida real ¿a qué hora deja de ver la tele un chamaco? ¿A qué hora se duerme?
Los programas clasificados B-15, que pueden transmitirse a partir de las 7 de la noche, deberán presentar la siguiente advertencia: “Este programa puede contener escenas de violencia, adicciones, sexualidad o lenguaje no apto para audiencias menores de 15 años de edad”. ¿En serio? ¿A las 7 de la noche ya no hay una cantidad grande de niños viendo televisión?
La clasificación C es para las 9 de la noche en adelante, con la advertencia: “Este programa puede contener escenas de violencia, adicciones, sexualidad o lenguaje no apto para audiencias menores de 18 años de edad”. ¿Y sí? ¿Es realista?
Está más que acreditado que El Despacho del Productor no es un impulsor entusiasta de la mojigatería y el puritanismo pero como a la televisión se le atribuyen poderes de manipulación y educación descomunales, la pregunta no está de más. Como sea, en los servicios de video en streaming y hasta en la TV de paga hay mecanismos de control parental pero en las transmisiones por aire gratis, que son por mucho las más vistas lo niegue quien lo niegue, la cuestión no es tan simple.

Revisemos el detalle de las clasificaciones de acuerdo con los nuevos lineamientos.
CLASIFICACIÓN AA
Violencia: Los programas dirigidos a las niñas y niños no deben presentar temas, escenas, diálogos o contenidos que hagan uso de cualquier tipo de violencia, incluyendo la violencia física, verbal o psicológica, sea esta real, ficticia o animada. Tampoco deben versar sobre hábitos o conductas violentas ni presentar la violencia como forma de resolver un conflicto entre individuos, grupos o sociedades. Los temas o conflictos deben ser de fácil y positiva solución.
Adicciones: Los programas dirigidos a las niñas y niños no deben presentar temas, escenas, diálogos o contenidos relacionados con sustancias lícitas o ilícitas que causen adicciones. Tampoco deben versar sobre hábitos o conductas adictivas que afecten la salud o la integridad física de niñas, niños o adolescentes.
Sexualidad: Los programas dirigidos a las niñas y niños no deben presentar temas, mensajes, escenas, diálogos, situaciones de relaciones y actividades sexuales ni desnudez, excepto en el último caso cuando tenga fines educativos.
Lenguaje: Los programas dirigidos a las niñas y niños deben presentar lenguaje claro, sencillo y de fácil comprensión. No deben presentar lenguaje soez, ni diálogos de doble sentido. Asimismo, no deben contener diálogos, sonidos o efectos con connotaciones ofensivas, denigrantes o discriminatorias, sino que, por el contrario, los programas dirigidos a las niñas y niños deben propiciar el uso correcto del lenguaje.
Los programas AA procurarán reflejar valores positivos que fortalezcan la autoestima, alienten la cooperación y muestren conductas de responsabilidad hacia los niños, niñas y adolescentes y de estos hacia los demás.
CLASIFICACIÓN A
Violencia: Los programas dirigidos para todo tipo de audiencias no deben presentar temas, escenas, diálogos o contenidos que hagan uso de la violencia física, verbal o psicológica. Tampoco deben versar sobre hábitos o conductas violentas ni presentar la violencia como forma de entretenimiento o de resolver un conflicto entre individuos, grupos o sociedades. Los temas de conflicto pueden incluir eventualmente agresividad mínima en trama y personajes, siempre y cuando estén justificados en la trama o contexto del programa y se muestren las consecuencias negativas.
Adicciones: En los programas dirigidos para todo tipo de audiencias no deben presentarse temas relacionados con drogas o cualquier otra sustancia ilícita. El consumo de alcohol es sólo ocasional cuando lo justifique el argumento o el contexto del programa y debe presentarse con finalidad de carácter educativo y preventivo; siempre y cuando los programas muestren sus consecuencias negativas en caso de que el consumo sea abusivo. Pueden existir representaciones de consumo de tabaco de forma ocasional y deben presentarse con finalidad de carácter educativo y preventivo.
Sexualidad: Los programas dirigidos para todo tipo de audiencias no deben presentar imágenes del cuerpo humano de manera erótica ni escenas de relaciones sexuales. Las referencias a la sexualidad humana no deben hacerse en un contexto erótico, sino únicamente afectivo, educativo o con fines científicos.
Lenguaje: Los programas dirigidos para todo tipo de audiencias deben presentar un lenguaje claro, sencillo y de fácil comprensión. No deben presentar lenguaje soez, algunas expresiones que no sean consideradas como ofensivas pueden usarse de manera excepcional cuando la trama y contexto del programa lo justifiquen y no se muestren como una característica positiva de la personalidad. Asimismo, no deben contener diálogos o efectos con connotaciones denigrantes, discriminatorias o escatológicas.
CLASIFICACIÓN B
Los programas clasificados en B deberán presentar la siguiente advertencia:
“Este programa puede contener escenas de violencia, adicciones, sexualidad o lenguaje no apto para audiencias menores de 12 años de edad”.
Violencia: En los programas para audiencias mayores de 12 años, las representaciones de violencia, tales como uso de armas, mostrar lesiones corporales sin presencia de sangre, y muerte accidental o natural no son el hilo conductor respecto del cual se desarrollan subtemas paralelos y deben mostrar las consecuencias negativas para quienes la ejercen y la sufren. Los programas pueden presentar en forma circunstancial escenas de violencia, siempre que aquellos elementos (cosa, situación o entorno) que se distinguen de la trama principal y constituyen datos de referencia, que explican, dan sentido o amplían algunos de los sucesos que se desarrollan como parte de la narración las justifiquen y se muestren proporcionalmente sus consecuencias negativas.
Adicciones: En los programas para audiencias mayores de 12 años y hasta los 14 años no debe presentarse la preparación, el consumo ni el tráfico de drogas. Puede haber presencia de drogas a través de la comunicación verbal o mediante una secuencia de escenas en la cual se interprete su consumo, pero no se aprecia ese acto en forma gráfica o visual, siempre y cuando sea estrictamente circunstancial y únicamente como elemento de la trama o de aquellos elementos (cosa, situación o entorno) que se distinguen de la trama principal y constituyen datos de referencia, que explican, dan sentido o amplían algunos de los sucesos que se desarrollan como parte de la narración del programa. Puede presentarse consumo circunstancial de tabaco y de alcohol, siempre y cuando se presente información sobre prevención de adicciones a esas sustancias. En todo momento deben mostrar las consecuencias negativas de las adicciones.
Sexualidad: En los programas para audiencias mayores de 12 años, pueden presentarse escenas que infieran desnudez, únicamente como elemento de la trama y deben estar plenamente justificadas en aquellos elementos (cosa, situación o entorno) que se distinguen de la trama principal y constituyen datos de referencia, que explican, dan sentido o amplían algunos de los sucesos que se desarrollan como parte de la narración. Los temas sobre conductas sexuales no constituyen el hilo conductor respecto del cual se desarrollan subtemas paralelos del programa y no se presentan escenas detalladas sobre dichas conductas, las cuales únicamente podrán presentarse en un contexto informativo. No deben presentarse escenas sobre actividades sexuales en las que intervengan niñas, niños ni adolescentes. La desnudez sólo puede presentarse en programas de carácter educativo o informativo. En ningún caso deben mostrarse genitales de forma gráfica o visual.
Lenguaje: En los programas para audiencias mayores de 12 años, pueden presentarse circunstancialmente palabras soeces siempre y cuando estén justificadas en los elementos que se distinguen de la trama principal y constituyen datos de referencia del programa y sin que impliquen una intención ofensiva, ni constituyan un rasgo predominante de la identidad de los personajes. No pueden contener diálogos, sonidos o efectos con connotaciones denigrantes o discriminatorias.

CLASIFICACIÓN B-15
Violencia: Los programas para audiencia mayores de 15 años pueden presentar escenas de violencia. Puede incluir el uso de armas, mostrar lesiones corporales, presencia mínima de sangre, muerte accidental y crímenes sin que sea el tema central de la narración, el hilo conductor respecto del cual se desarrollan subtemas paralelos, y puedan justificarse por la trama o aquellos elementos (cosa, situación o entorno) que se distinguen de la trama principal y constituyen datos de referencia, que explican, dan sentido o amplían algunos de los sucesos que se desarrollan como parte de la narración. Los temas sobre delincuencia organizada y delitos en materia de trata de personas, así como la discriminación, violencia de género, crueldad contra animales, acoso escolar y laboral, pueden presentarse, siempre y cuando se muestren sus consecuencias negativas y no se haga apología de ellos, o se presenten con fines informativos o educativos.
Adicciones: Los programas para audiencias mayores de 15 años, no deben presentar la preparación o el consumo de drogas, aunque sí pueden existir como temas sugeridos que no son presentados de manera gráfica y detallada, se expresan de manera tácita durante el desarrollo de la narración, como elementos para comprender los acontecimientos o los datos de referencia que los explican. No deben presentar como tema principal, temas relacionados con el narcotráfico. Puede haber consumo circunstancial de tabaco y alcohol, es decir que estos temas nunca serán el hilo conductor de la narración. Se muestran las consecuencias negativas de los excesos, los peligros y consecuencias del uso de esas sustancias.
Sexualidad: Los programas para audiencias mayores de 15 años pueden mostrar eventualmente el cuerpo humano desnudo en segundo o tercer plano e incluir escenas que presenten diálogos o alguna situación previa o posterior al acto sexual, con la cual se infiera que los personajes tienen relaciones sexuales. En ella, no se aprecian desnudos ni presentación de genitales, salvo con fines educativos. No deben presentarse escenas sobre actividades sexuales en las que intervengan niñas, niños ni adolescentes.
Lenguaje: Los programas para audiencias mayores de 15 años pueden presentar ocasionalmente palabras soeces, es decir, hacer uso de palabras con el objetivo de ofender sin hacer de ello un atributo positivo y continuo de los personajes. Los programas no deben hacer uso de lenguaje con fines denigrantes, discriminatorios o escatológicos, así como no deben promover estereotipos de mujeres y hombres. No podrá contener diálogos, sonidos o efectos con connotaciones ofensivas, denigrantes o discriminatorias.
CLASIFICACIÓN C
Violencia: En los programas para audiencias adultas pueden transmitirse contenidos con violencia, sin que ésta llegue a ser extrema y gráfica.
Adicciones: En los programas para audiencias adultas puede presentarse el consumo de sustancias ilícitas, únicamente como elemento de la trama. El tema central de la narración, el hilo conductor respecto del cual se desarrollan subtemas paralelos de estos programas no puede versar sobre el consumo, preparación o tráfico de drogas. No deben hacer apología del consumo o tráfico de drogas y deben mostrar sus consecuencias negativas.
Sexualidad: En los programas para audiencias adultas puede presentarse desnudez o actividad sexual sin que exista la presentación de genitales de manera gráfica y detallada.
Lenguaje: Los programas para audiencias adultas pueden usar cualquier tipo de lenguaje, sin que sea con fines discriminatorios o denigrantes.

CLASIFICACIÓN D
Los programas clasificados en D deberán presentar la siguiente advertencia:
“Programación adulta que contiene escenas extremas de violencia, adicciones, sexualidad o lenguaje soez no apto para audiencias menores de 18 años de edad”.
Violencia: En los programas con contenido extremo pueden transmitirse contenidos de violencia gráfica, incluso si no pueden justificarse en el contexto del programa sin hacer apología de la violencia.
Adicciones: En los programas con contenido extremo pueden mostrarse contenidos de consumo, elaboración, venta y distribución de drogas, alcohol y tabaco, sin hacer apología de su consumo o de su tráfico. Predominan temas de narcotráfico, delincuencia organizada y estupefacientes.
Sexualidad: En los programas con contenido extremo puede mostrarse la actividad sexual explícita, sin llegar a constituirse en material pornográfico.
Lenguaje: En los programas dirigidos exclusivamente para audiencias adultas podrán utilizar cualquier tipo de lenguaje, incluyendo diálogos sugestivos y extremadamente fuertes.
¿Lineamientos realistas? ¿Acordes con los tiempos actuales, la idiosincrasia, los valores de la familia mexicana moderna, la composición o descomposición social y esas cosas? Sería bueno que en una de estas la autoridad nos explicara a detalle quién, cómo y bajo qué óptica y especialización diseña esta clase de disposiciones ¿no?